
El Ministerio de Producción y Coface desarrollarán capacitaciones a las oficinas comerciales de Ecuador en el extranjero y a exportadores registrados en estas para fortalecer la venta de productos ecuatorianos al exterior, protegiendo la cartera de crédito de las empresas nacionales.
En el marco de la expedición del Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria, el cual norma el incentivo tributario que permite la deducción de un 50% adicional del Impuesto a la Renta sobre el valor de la prima de los Seguros de Crédito contratados para la exportación, el Viceministerio de Exportaciones e Inversiones y Coface, empresa multinacional de Seguros de Crédito, suscribieron un convenio para desarrollar actividades que fomenten la promoción de exportaciones e inversiones en Ecuador.
El principal pilar alrededor de este convenio es realizar talleres y capacitaciones tanto a funcionarios del Viceministerio de Exportaciones e Inversiones como a las oficinas comerciales de Ecuador en el Exterior y a los exportadores registrados en esas instancias, en torno al desarrollo del comercio exterior de forma segura, a través del Seguro de Crédito. Asimismo, Coface diseñará y otorgará un paquete de productos preferenciales dirigido a los exportadores registrados en la base de datos de dicho Viceministerio.
El acuerdo estará vigente por dos años y, en ese período, las actividades previstas se basarán sobre información real de inteligencia comercial y estadísticas levantadas por el Viceministerio de Exportaciones e Inversiones, con el objetivo de que los exportadores accedan a datos certeros para la toma de decisiones en cuanto a las oportunidades de colocación de productos ecuatorianos en el exterior, pero también del nivel de riesgo crediticio que podrían representar algunos mercados o algunos compradores de bienes y servicios producidos en Ecuador.
Algunos aspectos del Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria en cuanto al Seguro de Crédito para la Exportación son:
· El beneficio se otorgará cuando la exportación no se realice a compradores relacionados con el exportador.
· También aplicará cuando la exportación sea realizada de forma efectiva.
· Y, finalmente, cuando el crédito (plazo que el comprador tiene para realizar el pago al exportador) no exceda los 365 días.
Adrián Ordóñez, Gerente General de Coface en Ecuador, agradece la apertura del Gobierno ecuatoriano para incorporar el expertise de la compañía en los procesos de capacitación que reciben los exportadores y, a la par, menciona que “el contexto que estamos viviendo requiere que protejamos el principal activo de los exportadores: su cartera de crédito (capital de trabajo). Sabemos que la pandemia ha derivado en una crisis económica generalizada, y por eso es trascendental brindar información verídica a nuestros exportadores e impulsarlos a internacionalizar su oferta, pero protegiendo su patrimonio”, concluye.