Centro de arbitraje y mediación
El Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito (CAM) presta los servicios de Arbitraje y Mediación como una alternativa confiable, independiente y ágil para la resolución de sus conflictos. Además, brinda capacitaciones y asesoría en temas de interés jurídico relacionadas a los diversos mecanismos alternativos de solución de conflictos.
Somos el único Centro de Arbitraje y Mediación del país que cuenta con certificación ISO 9001:2015 otorgada por una certificadora internacional, garantizando así un servicio de calidad en todos nuestros procesos y actuaciones.
Nuestra política de calidad: "Quienes integramos el Centro de Arbitraje y Mediación de la CCQ nos comprometemos a brindar soluciones a sus conflictos arbitrales y de mediación mediante procesos confiables, seguros, ágiles y eficaces; a capacitar y formar árbitros, secretarios arbitrales y mediadores; y, mejorar de forma continua nuestros servicios y nuestro SGC, cumpliendo los requisitos definidos al efecto." (Aprobado el 19 de julio de 2018)
Para más información comuníquese a la línea telefónica (02-2976-500) o a la dirección de correo electrónico cam@lacamaradequito.com.
El Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito (CAM) está conformado por:
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Servicios
Los mecanismos alternativos de solución de controversias (MASC) se encuentran reconocidos por la Constitución y la Ley y permiten a los usuarios encontrar solución a las controversias susceptibles de transacción mediante el arbitraje y/o la mediación, distintos a la justicia ordinaria que ofrecen una serie de ventajas, entre otras: agilidad, eficiencia, confiabilidad, independencia, imparcialidad y privacidad.
Art. 1 (Ley de Arbitraje y Mediación).- El sistema arbitral es un mecanismo alternativo de solución de conflictos al cual las partes pueden someter de mutuo acuerdo, las controversias susceptibles de transacción, existentes o futuras para que sean resueltas por los tribunales de arbitraje administrado o por árbitros independientes que se conformaren para conocer dichas controversias.
El procedimiento de arbitraje se desarrolla de la siguiente manera:
Art. 43 (Ley de Arbitraje y Mediación).- La mediación es un procedimiento de solución de conflictos por el cual las partes, asistidas por un tercero neutral llamado mediador, procuran un acuerdo voluntario, que verse sobre materia transigible, de carácter extrajudicial y definitivo, que ponga fin al conflicto.
El procedimiento de Mediación se desarrolla de la siguiente manera:
El Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito (CAM), consciente de la necesidad de promover el uso, desarrollo y difusión de estos mecanismos de solución de controversias, ofrece diversas actividades de capacitación, entre ellas el Taller de Formación de Mediadores, mismo que cuenta con el aval académico de la Universidad de Los Hemisferios.
Mediante este taller, los estudiantes adquieren, entre otros, conocimientos sobre el proceso de mediación (Ley de Arbitraje y Mediación, Audiencia de Mediación, Elaboración y Ejecución de Actas), herramientas para facilitar el diálogo, técnicas de negociación, etc., que resultan útiles en el día a día, tanto para el ejercicio profesional del abogado como para profesionales de otras ramas, y más aún para aquellas personas que tienen interés en formarse como mediadores al ser uno de los requisitos legales para calificarse como mediador en centros de mediación públicos o privados.